AFIP Comunica: Nov/27/2017
¿Tenes gastos para deducir de #Ganancias? Hasta el 31/01/18 podes actualizar tus datos a través del #SIRADIG > Tene… https://t.co/U6UZC645EM
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#EMPLEADORES de CASAS PARTICULARES (pago voluntario) > hoy vencen todas las #CUITs https://t.co/WfUuxoU1LU
Mediante la Resolución General 3884, la AFIP modifica los montos no sujetos a retención establecidos en el Anexo III de la RG 830.
Se establece un régimen de cancelación del impuesto al valor agregado en forma trimestral aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1 -L. 25300 y R. (SPyME) 24/2001-
Hasta el 20/09/2016 hay tiempo para hacer las Recategorizaciones Cuatrimestrales.
Quienes hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a los períodos fiscales 2014 y 2015, podrán gozar de los siguientes beneficios:
En el Boletín Oficial del día 22/07/2016 se oficializó la publicación de la ley 27.260 mediante la cual se establece: Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados Blanqueo (Régimen de sinceramiento fiscal) Moratoria para obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras Beneficios para contribuyentes cumplidores Modificaciones impositivas
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